¿ A cuanto ascienden las subvenciones, y en qué condiciones ?
La gran pregunta que todos los empresarios y responsables de personal suelen hacerse llegados a este punto es:
¿A cuanto ascienden las subvenciones para formar a mis trabajadores?
Las Empresas disponen de un crédito para la formación de sus trabajadores, crédito deducible de los Seguros Sociales de cada trabajador a fin de compensar el importe destinado a los cursos de formación.
- Para las empresas de 1 a 5 trabajadores tienen un crédito anual para formación de 420 €.
- Las empresas de más de 5 trabajadores, disponen de una cantidad variable en función de las bases de cotización de sus empleados.
Las empresas pueden estimar su crédito para formación mediante un sencillo cálculo basado en 3 parámetros:
- El importe de las cotizaciones efectuadas a la Seguridad Social en concepto de Formación Profesional el año anterior (el 0,7% de la Base de Cotización anual)
- El número de trabajadores de la empresa
- El tipo de formación elegida
Además de la cuota de formación, según REAL DECRETO LEY 7/2005, de 22 de abril, por el que se modifica la Ley 2/2004, establece que:
Las empresas que cotizan por la contingencia de formación profesional dispondrán de un crédito para el desarrollo de las acciones de formación continua reguladas en el capítulo II del Real Decreto 1046/2003, de 1 de agosto, por el que se regula el subsistema de formación profesional continua, que resultará de aplicar a la cuantía ingresada por la empresa en concepto de formación profesional durante el año 2004 el porcentaje de bonificación que, en función del tamaño de las empresas, se establece a continuación:
- Empresas de 1 a 9 trabajadores: 100%.
- De 10 a 49 trabajadores: 75%.
- De 50 a 249 trabajadores: 60%.
- De 250 o más trabajadores: 50%."
Nuestro centro dispone de un departamento cualificado en el área de gestión de bonificaciones de formación a empresas donde se le puede facilitar sin compromiso, un informe detallado de los créditos disponibles para formación en el año y los movimientos del mismo si hubiera realizado alguna acción bonificada.
Es importante detallar, que estos créditos son anuales, y si no se utilizan, no son acumulativos y por tanto se perderían en caso de no usarse.
¿ Qué tipo de curso puedo bonificar ?
Se establece que los cursos bonificados a empresa han de guardar relación con la actividad de la misma así como el puesto de trabajo que desempeña el alumno.
Los cursos bonificados pueden ser de cualquier tipo y en función de la metodología se han de aplicar unos coeficientes. Los costes por participante y hora de formación máximos, serán:
- Modalidad Presencial Nivel de Formación Básico 9 Euros/hora
- Modalidad Presencial Nivel de Formación Medio-Superior 13 Euros/hora
- Modalidad a Distancia 5,5 Euros/hora
- Modalidad Teleformación 7,5 Euros/hora
- Modalidad Mixta (Se aplicarán los módulos anteriores en función de las horas de formación presencial y a distancia o teleformación que tenga la acción formativa).
¿ La empresa ha de hacer algún tipo de aportación adicional ?
Las empresas en función del número de trabajadores en plantilla del año anterior, han de realizar lo que se llama la "cofinanciación". Esta participación se puede realizar de forma monetaria, en la cual habría un porcentaje del valor de la formación que no podrían bonificar, o permitiendo al trabajador un tiempo determinado de su horario de trabajo para la conclusión de su curso.
El coeficiente de cofinanciación sería en cada caso:
- Desde 1 hasta 9 trabajadores la cofinanciación será del 0%
- Desde 10 hasta 49 trabajadores será del 10%
- Desde 50 hasta 249 trabajadores será del 20%
- A partir de 250 trabajadores el porcentaje será del 40%
La gestión documental de todo el proceso es laboriosa y no ha de hacerla obligatoriamente la empresa, sino que se puede delegar en las llamadas Entidades Organizadores como Acedis Formación.
Un caso práctico de subvención
- El primer parámetro para el cálculo es sumar las bases de cotización reflejadas en el Boletín TC-2 de cotización a la seguridad social.
- Calculamos el importe de las cotizaciones por Formación Profesional aplicándole el 0,7%
- Descontaremos ahora el porcentaje según el número medio de empleados del año anterior, basándonos en lo indicado anteriormente:
- Ahora tenemos que calcular el crédito máximo por trabajador formado y hora de formación, esto depende de la modalidad de formación elegida.
- Modalidad Online Nivel de Formación Básico: 7,5€/hora subvencionables
En nuestro ejemplo además, la empresa tiene 12 trabajadores y quiere formar a 2 de ellos con un curso básico de Prevención de Riesgos Laborales ponline o teleformación con un coste para ambos de 350€. Al tener un crédito de 551,25€, y estando los límites según la modalidad en 450€, podemos bonificar en principio la totalidad del curso.
Ahora bien, al ser empresa de más de diez trabajadores tenemos que cumplir el porcentaje de cofinanciación privada, que en este caso es un 10% del valor del curso, 35,00 €. Por tanto, la empresa optaría o por bonificar 315 € (resultado de 350 € - 35€ ) o justificaría documentalmente que sus dos trabajadores han estado al menos un tiempo de estudio en horario de trabajo suficiente que tiene un coste para la empresa de al menos 35 €.
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