El Derecho al Trabajo, que nace para la regulación del contrato de trabajo y que es, por consiguiente, configurador del mismo, es una de las bases sobre las que se asienta jurídicamente el modelo laboral de la Constitución española, en cuyo artículo 35 se apunta que:
- Todos los españoles tienen el deber de trabajar y el derecho al trabajo, a la libre elección de profesión u oficio, a la promoción a través del trabajo y a una remuneración suficiente para satisfacer sus necesidades y las de su familia, sin que en ningún caso pueda hacerse discriminación por razón de sexo.
- La ley regulará un estatuto de los trabajadores.
Este modelo comprende otras disposiciones constitucionales de carácter fundamental como son, entre otras, el reconocimiento del papel de los sindicatos (artículo 7), el reconocimiento del derecho de huelga (artículo 28), el reconocimiento de la negociación colectiva y los conflictos colectivos (artículo 37), y la distribución de la renta, la formación profesional y la seguridad e higiene en el trabajo (artículo 40). Todos ellos constituyen una sistemática que conforma la estructura de las relaciones laborales desde el punto de vista constitucional.
También conocido con el nombre de Derecho Laboral, el Derecho del Trabajo es una de las ramas más relevantes del derecho a nivel social; y esto es así ya que el conjunto de leyes, normativas y legislaciones que lo componen hacen de él uno de los derechos que mayor impacto tienen en la calidad de vida de la población. Podemos decir que el Derecho del Trabajo, tal como indica su nombre, es aquel que se encarga de regular, controlar y legislar sobre los diferentes temas relativos al mundo laboral tales como los derechos y las obligaciones de las partes que componen el mundo laboral (tanto empleados como empleadores), las condiciones de pago y de remuneración, los servicios que deben ser incluidos en el pago, etc.
En todo caso, la regulación del mismo bebe de distintas fuentes, entre las que sobresalen fuentes internacionales como la Organización Internacional del Trabajo (OIT), fundada tras la Primera Guerra Mundial en base a un argumento: solamente es factible alcanzar una paz duradera y universal si se fundamenta en el trato decente de los trabajadores.
"El trabajo decente sintetiza las aspiraciones de las personas durante su vida laboral. Significa la oportunidad de acceder a un empleo productivo que genere un ingreso justo, la seguridad en el lugar de trabajo y la protección social para las familias, mejores perspectivas de desarrollo personal e integración social, libertad para que los individuos expresen sus opiniones, se organicen y participen en las decisiones que afectan sus vidas, y la igualdad de oportunidades y trato para todos, mujeres y hombres". OIT
A lo largo de este curso, el alumno se familiarizará con las fuentes y fundamentos del Derecho del Trabajo, con los derechos y deberes de trabajadores y empresarios y en las claves que definen cómo ha de materializarse la relación laboral.
A través de este curso, se busca queel alumno descubra las claves del contrato de trabajo y de la relación que se inicia tras su firma, atendiendo para ello a los derechos y deberes del empresario; conozca las particularidades de la suspensión y de la extinción del mismo; y descubra también las funciones de la Representación Legal de los Trabajadores y otros aspectos ligados a la libertad sindical.
Este curso está dirigido a personas que, con formación laboral o sin ella, desarrollan su actividad profesional en gestorías, asesorías, departamentos de administración de empresas y de RRHH.