Desde que en 1869 John Stuart Mill publicara The Subjection of Women, en el que incluye múltiples aportaciones realizadas por su esposa, la filósofa británica Harriet Taylor Mill (fallecida en 1858), la situación de la mujer ha mejorado sustancialmente en los países desarrollados; no obstante, y pese a que la Ley Orgánica 1/2004 de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género (LIVG) supuso un importante revulsivo, lo cierto es que todavía es largo el trecho a recorrer para lograr la "perfecta igualdad", que, según describía John Stuart Mill, es aquella que no ha de admitir "poder ni privilegio para unos ni incapacidad para otros", y que, en consecuencia, ha de afectar a cualquier ámbito, ya sea dentro de la esfera privada (o doméstica) o dentro de la pública, dentro de la cual, durante siglos, la mujer no tuvo prácticamente cabida.
Es por ello que la ley, cuyo enfoque es integral y multidisciplinar, tiene como uno de sus principales propósitos la conquista de la igualdad y el respeto a la dignidad humana y la libertad de las personas y, para ello, establece medidas de sensibilización e intervención en el área educativa, y busca promover, incluso desde la publicitaria y otras, una imagen de la mujer que respete su dignidad, contribuyendo, de este modo, a favorecer el avance efectivo hacia la igualdad, algo a lo que se urgía ya en 1945 desde el ámbito internacional, mediante una Carta de las Naciones Unidas en la que reafirmaba el principio de igualdad, y que es hoy en día una prioridad para la Unesco, que subrayaba en 1995 en su declaración de Beijing que:
"La erradicación de la pobreza basada en el crecimiento económico sostenido, el desarrollo social, la protección del medio ambiente y la justicia social exige la participación de la mujer en el desarrollo económico y social e igualdad de oportunidades, y la participación plena y en pie de igualdad de mujeres y hombres en calidad de agentes y de beneficiarios de un desarrollo sostenible centrado en la persona".
Para lograr avanzar hacia la igualdad de oportunidades y garantizar la dignidad de todo ser humano, la LIVG, que se centra específicamente en la violencia hacia la mujer por el hecho de ser mujer, apuesta, entre otras cuestiones, por:
Atendiendo a estos y a los restantes principios rectores de la LIVG, se suman a los aspectos relativos específicamente a la sensibilización, otros encaminados a favorecer la igualdad de oportunidades y, con ella, la independencia económica; cuestión, esta última, primordial para propiciar el empoderamiento de la mujer y atajar situaciones que, de acentuarse, podrían derivar en episodios violentos y en la asunción de la violencia por parte de las víctimas como un aspecto con el que simplemente es posible aprender a convivir.
A través de este curso de Sensibilización de Género, el alumnado adquirirá conocimientos acerca de diversos aspectos relativos a la igualdad efectiva de mujeres y hombres, y acerca de los objetivos de las políticas públicas en materia de igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres; se familiarizará con las herramientas teóricas, metodológicas y conceptuales para el diseño, implementación, evaluación e intervención en igualdad de oportunidades y trato entre mujeres y hombres, con especial atención al ámbito laboral; y profundizará también en aquellos aspectos ligados al acoso y a la violencia de género, en su tratamiento y en los protocolos de actuación/prevención de implantación necesaria en cualquier tipo de organización o empresa.
Completar con provecho este curso, permitirá al alumno:
El contenido de este curso es adecuado para todas aquellas personas que quieran descubrir las claves para impulsar la sensibilización de género en cualquier ámbito, y contribuir a erradicar toda conducta que pueda llegar a derivar en violencia. Por tanto, está dirigido a todo tipo de grupos funcionariales y laborales, y a cuantas personas quieran profundizar en cómo revertir el desequilibrio actual.